Elecciones en Buenos Aires: ¿Qué se vota el 7 de Septiembre?

Se acercan las elecciones en la provincia de Buenos Aires, y es crucial estar informado sobre qué se vota y cómo se desarrollará el proceso. El 7 de septiembre, los bonaerenses acudirán a las urnas para renovar parcialmente las cámaras provinciales y elegir autoridades locales. A diferencia de otros años, en esta ocasión no habrá elecciones PASO, y los comicios provinciales se han desdoblado de las elecciones nacionales, programadas para el 26 de octubre.

¿Qué cargos se eligen el 7 de septiembre?

En estas elecciones, se renovarán los siguientes cargos:

  • Senadores Provinciales: Se elegirán 23 senadores titulares y 15 suplentes.
  • Diputados Provinciales: Se renovarán 46 diputados titulares y 28 suplentes.
  • Autoridades Locales: En varios municipios, también se votarán concejales y consejeros escolares.

La provincia de Buenos Aires se divide en 8 secciones electorales. Cuatro de ellas (Primera, Cuarta, Quinta y Séptima) elegirán senadores, mientras que las cuatro restantes (Segunda, Tercera, Sexta y Octava) elegirán diputados.

Modalidad de Votación

Se mantendrá el sistema de boletas partidarias tradicionales. Cada partido o alianza presentará su boleta con todos los cargos a renovar, permitiendo al votante elegir su opción preferida y depositarla en la urna. La Boleta Única de Papel (BUP) se implementará en las elecciones nacionales de octubre.

¿Quiénes pueden votar?

El voto es obligatorio para los mayores de 18 años y menores de 70. Para los jóvenes de entre 16 y 18 años y los adultos mayores de 70, el voto es optativo. Podrán votar aquellos que cumplan con los requisitos legales.

Veda Electoral: ¿Qué está prohibido?

La veda electoral, que busca garantizar la transparencia y neutralidad del proceso, comienza 48 horas antes de la elección. Durante este período, están prohibidas las siguientes actividades:

  • Finalización de la campaña electoral.
  • Emisión de propaganda en medios televisivos, radiales, gráficos, virtuales y digitales.
  • Apertura de locales partidarios en un radio de 80 metros de los lugares de votación.
  • Realización de actos públicos de proselitismo.
  • Publicación o difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Las proyecciones sobre los resultados solo podrán difundirse tres horas después del cierre de la elección.

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